¿Qué hacer si el SAT cancela mis sellos digitales?

 

El SAT puede cancelar tu Certificado de Sello Digital  y si esto ocurre, el contribuyente no podrá emitir facturas, pero, tendrá la posibilidad de aclarar las causas por las que se dejó sin efecto su certificado de sello digital, y retomar su actividad normal.

¿Por qué el SAT puede cancelar mi Certificado de Sello Digital?

 

El certificado de sello digital de un contribuyente podrá quedar sin efectos cuando:

 

1) En el ejercicio de las facultades de comprobación, no se localice al contribuyente, éste desaparezca durante el procedimiento, no ponga a disposición o no presente su contabilidad, o bien, se tenga conocimiento de que los comprobantes fiscales emitidos, se utilizaron para amparar probables operaciones inexistentes, simuladas o ilícitas. 

 

2) Se tenga conocimiento de la probable existencia de un delito de los previstos en el Código Fiscal de la Federación y la conducta sea imputable al contribuyente titular del certificado. 

 

3) Los contribuyentes en un mismo ejercicio fiscal omitan, estando obligados a ello, la presentación de tres o más declaraciones periódicas consecutivas o seis no consecutivas. 

 

4) Durante el procedimiento administrativo de ejecución no se localice al contribuyente o éste desaparezca.

 

 

Actualmente, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) cancela el sello digital, entre otros motivos, cuando se actualiza alguno de los cuatro supuestos previstos en el artículo 17-H, fracción X, del CFF

 

 

¿Qué hacer si el SAT cancela mi certificado de sello digital?

 

 

El SAT nos pide que aclaremos la situación que tenemos y para ello debemos ingresar en Mi Portal y abrir un “Caso de Aclaración”, ahí debemos indicar el trámite “Bloqueo CSD”, donde podrá explicar su situación y anexando los documentos que desvirtúen los motivos de la cancelación. Debe anexar el oficio que deja sin efecto al certificado, y el oficio adjunto de la autoridad que hace la solicitud.

 

Si resuelve favorablemente, le facilitará la respuesta positiva por lo que el contribuyente podrá solicitar la emisión de nuevo certificado.

 

 

En el caso de que el SAT deje efectivamente sin efectos mi certificado de sello digital,

 

 

¿puedo continuar emitiendo comprobantes fiscales?

 

Aquí la respuesta es clara, y negativa. Porque la autoridad fiscal cancelará los CSD a partir de que surta efectos la notificación.

 

 

Esto también aplica ante los comprobantes simplificados des de el portal Mis cuentas, porque cuando por algún motivo les sea cancelado su certificado, Tener en cuenta que, las notificaciones del SAT para con los contribuyentes, se realizarán todas a través del Buzón Tributario.

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