¿Qué es la notificación por estrados y cuando aplica?

 

¿Qué es la notificación por estrados?

 

Es una de las formas de notificación que existe para dar a conocer a los contribuyentes o interesados, la información o documentación que le emite la autoridad en este caso fiscal, la cual no fue posible hacerle de su conocimiento de manera personal.

 

 

¿Cuándo se considera notificado un documento por estrados?

 

El día séptimo contado a partir del día siguiente que comenzó la publicación en el Portal de Trámites y Servicios del SAT y se fijó el documento en las oficinas de la autoridad que realiza la notificación por estrados

  

¿Cuándo puedo realizar una consulta de notificaciones por estrados?

 

En cualquier momento, para lo cual se debe considerar que la publicación de la información o la documentación que se notifique por estrados estará visible solo por un período de seis días, en el portal de Trámites y Servicios del SAT y fijado en un sitio abierto al público de las oficinas de la autoridad que realice la notificación por estrados por el mismo período.

 

Artículo 134.- Las notificaciones de los actos administrativos se harán:

 

 

III. Por estrados, cuando la persona a quien deba notificarse no sea localizable en el domicilio que haya señalado para efectos del registro federal de contribuyentes, se ignore su domicilio o el de su representante, desaparezca, se oponga a la diligencia de notificación o se coloque en el supuesto previsto en la fracción V del artículo 110 de este Código y en los demás casos que señalen las Leyes fiscales y este Código.

 

 

La notificación por estrados es la que realiza la autoridad fiscal fijando el documento que pretende notificar, durante 15 días, en un sitio abierto al público de sus oficinas y en la página electrónica que establezca.

 

El plazo de 15 días se cuenta a partir del día siguiente de aquel en el que el documento fue fijado o publicado. La autoridad dejará constancia de ese hecho en el expediente respectivo.

En esos casos, se tendrá como fecha de notificación de la persona la del día 16. El plazo se contará a partir del día siguiente a aquél en el que se hubiera fijado el documento. A pesar de que la persona no vea el documento, la autoridad considerará que fue notificada a partir de que venza el plazo de 15 días.

 

En conclusión, ¿Cuándo se aplica la notificación por estrados?

 

Cuando el notificador va al domicilio fiscal del contribuyente y no le responden, dejará un citatorio. Si por alguna razón no puede dejarlo, el contribuyente será calificado como no localizable. En estos casos, se hace la notificación por estrados.

 

Si deja el citatorio, pero no es respondido, también se hace por estrados.

 

También hay que tomar en cuenta la reforma sobre el buzón tributario. El artículo 17-K del CFF dice que, si no se habilita el buzón, se entenderá que el contribuyente se opone a la notificación. En esos casos, la notificación se puede hacer por estrados.

 

 

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